Código Ético 2022-02-23T12:13:16+00:00

CÓDIGO ÉTICO
DE INDUSTRIAS DEL CURTIDO S.A.

MODIFICACIONES
REVISIÓN FECHA DESCRIPCIÓN
MC003 A  20/12/17 Nuevo documento
MC003 B  20/12/21 Actualización
REVISADO REVISADO Y APROBADO
Departamento: SGI
Nombre: Ángel Gil Martínez
Departamento: DIRECCIÓN GENERAL
Nombre: Silvino Navarro Casanova

MENSAJE DEL DIRECTOR

Vamos a implantar un Código Ético para adecuarnos a la Responsabilidad Social de la Empresa. Respetar y hacer respetar los principios que integran el Código Ético es crucial para el crecimiento y éxito de INDUSTRIAS DEL CURTIDO S.A. (INCUSA).

El proceso de crecimiento, internacionalización y diversificación de nuestra empresa nos ha llevado a integrar organizaciones con diversas culturas y procedencias. La diversidad es un activo que nos fortalece y nos hace mejores, pero debemos asegurarnos de que existen valores y principios de comportamiento que son compartidos por todas las organizaciones y personas que formamos INCUSA.

Este Código Ético se ha formulado con el propósito de unificar y reforzar la identidad, la cultura y las pautas de conducta de INCUSA. Estamos convencidos que una cultura uniforme y asentada sobre principios compartidos, potencia nuestras virtudes y competencias y contribuye a crear valor para nuestros accionistas y todos nuestros grupos de interés.

Nuestro compromiso es respetar y hacer respetar este Código Ético aplicándolo siempre a todas nuestras acciones y desde el cumplimiento estricto de las leyes que nos son aplicables en todos nuestros ámbitos de actuación.

Todos los empleados de INCUSA estamos obligados, por tanto, a cumplir con los principios de conducta establecidos en el Código Ético, y a utilizar el canal que la empresa pone a nuestra disposición para notificar las irregularidades y comportamientos inadecuados que pudiéramos observar.

El Código Ético trata de dar respuesta a las principales eventualidades y circunstancias a las que podríamos enfrentarnos como empleados de INCUSA.
Sin embargo, no recoge todas ellas. Constituye una herramienta para orientar y guiar nuestras actuaciones en algunas cuestiones de orden social, ambiental o ético que revisten una particular importancia para nuestra empresa y para todos nosotros.

El respeto a las disposiciones de este Código nos ayuda a progresar y crecer como empresa. Nos atañe a todos. Nuestra reputación y nuestro futuro como empresa internacional de referencia dependen de que todos sigamos comportándonos de un modo honesto, íntegro, recto y transparente; todos los días, en todas nuestras actividades y en todos los países del mundo en los que estamos presentes.

Por último, no quisiera dejar de resaltar que vivir y trabajar de acuerdo a los principios de este Código nos dignifica y nos hace mejores; a nosotros y a INCUSA.

Fdo. Silvino Navarro Casanova

PREÁMBULO

En el propio Código Ético de INCUSA se establecen los mecanismos de revisión y mejora que permiten adaptarlo a la evolución de las necesidades del entorno en el que la empresa desarrolla sus actividades, ya sea por la aparición de nuevas normas o como consecuencia de recomendaciones de las diferentes partes interesadas que regulan las actividades de las sociedades cotizadas y que tienen por objeto, entre otros, la mejora de los sistemas de control interno de la información financiera.

Asimismo, el Código Ético incluye la revisión del marco cultural que ha redefinido la visión y la misión de INCUSA, así como los principios y actitudes que deben presidir el comportamiento de las personas que en él trabajan.

El presente texto, que recoge cuanto ha quedado indicado, ha sido informado favorablemente por el Departamento de Gestión Integrada y el Comité de Calidad.

1. OBJETO

El Código Ético tiene como objetivo establecer los principios que deben guiar el comportamiento en INCUSA, consolidando una cultura y pautas de actuar compartidas, aceptadas y respetadas por todos sus empleados.

Este Código pretende orientar las relaciones entre los empleados de la empresa y la de éstos con el resto de sus grupos de interés, traduciendo a comportamientos esperados los principios de INCUSA definidos en el apartado de Misión, Visión, Principios y Actitudes de la empresa en el Manual de Gestión Integrado MC001.

El Código Ético es de obligado cumplimiento. Todos los empleados de INCUSA están obligados a cumplir con el Código Ético y a comunicar, haciendo uso del canal que la empresa pone a su disposición, las prácticas contrarias al mismo y a las normas en las que está basado que pudieran observar. A tal efecto, la empresa ha establecido un procedimiento, liderado por el Comité de Gestión, que permite a sus empleados comunicar, de manera confidencial, las irregularidades o malas prácticas observadas.

INCUSA aplica el principio de diligencia debida para la prevención, detección y resolución de conductas irregulares relacionadas con ilícitos penales o de cualquier otra naturaleza. En este sentido, la compañía entiende que el mencionado principio le compromete, entre otros, a analizar regularmente los riesgos en este ámbito, a asegurar que los empleados conocen lo que se espera de ellos, a definir responsabilidades en lo que se refiere al cumplimiento del Código y a establecer un canal que permita la notificación y rápida resolución de irregularidades. La empresa cuenta con procedimientos que le permiten dar respuesta a los elementos anteriores.

2. MISIÓN, VISIÓN, PRINCIPIOS Y ACTITUDES

Misión
La Misión de INCUSA es la de contribuir al reciclaje de la piel de vacuno proveniente de los mataderos industriales y darle un valor añadido que se valora mucho por los ciudadanos.

Visión
Como VISIÓN, INCUSA, siempre ha considerado de especial importancia la Calidad de sus productos, así como el respeto tanto por el Medioambiente y la Seguridad y Salud de sus trabajadores. Ello ha llevado a contemplar dentro de los Sistemas de Gestión de la Empresa, la legislación aplicable en materias de Calidad, Medioambiente, Eficiencia Energética, Prevención de Riesgos Laborales y Seguridad Alimentaria en todo su proceso productivo. Todos estos sistemas bajo el paraguas de la Responsabilidad Social de la Empresa. Los productos y procesos diseñados siempre tendrán en cuenta la vertiente medioambiental, la de salud laboral y la seguridad alimentaria en la fabricación de colágeno, en orden a prevenir la contaminación y sus efectos, utilizando para ello, la más moderna tecnología con costes asumibles.

Principios
Para todos los que formamos parte de INCUSA, nuestros Principios son pautas de comportamiento que consideramos irrenunciables por ser aspectos que distinguen nuestra cultura, y fundamentales para que la empresa opere con éxito de forma sostenible y responsable.
Los Principios describen el modo en el que queremos alcanzar la Misión y la Visión.

“Hacer las cosas bien y a la primera”

Desde siempre, en INCUSA hacemos las cosas bien porque es la única manera de actuar que concebimos y es un elemento esencial del compromiso que mantenemos con todas nuestros grupos de interés internos y externos.
Hacer las cosas bien nos exige dar lo mejor de nosotros mismos tanto en competencia profesional como en actitud personal.

“Integridad”

En INCUSA, la integridad es una exigencia personal y profesional. Ser íntegros significa, además de cumplir nuestros compromisos, respetar a la persona con la que nos relacionamos y comportarnos de forma honesta, recta y transparente todos los días, en todas nuestras actividades y en todos los países del mundo en los que estamos presentes.

“Eficiencia”

La eficiencia forma parte de nuestra historia y es una de las causas de nuestro éxito. Para todos los integrantes de INCUSA ser eficientes significa ser austeros, minimizar el uso de recursos de todo tipo y sacar el máximo partido posible de los mismos en el desarrollo de nuestras actividades y la consecución de nuestros objetivos. En INCUSA, la eficiencia es un valor económico, medioambiental y social.

Proximidad
Somos una empresa industrial próxima a las sociedades en las que desarrollamos nuestras actividades, dando así respuesta a las nuevas necesidades de las comunidades del siglo XXI. Este principio nos exige respetar las expectativas de las personas que las integran, a la vez que intentamos ofrecerles respuestas que satisfagan el interés general.

Actitudes
Inspirados en los Principios, todos los que formamos parte de INCUSA compartimos unas Actitudes que, en último término, se manifiestan en nuestras Conductas.
Servicios Ciudadanos.

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Este Código Ético va dirigido a todos los administradores, directivos y empleados (en adelante definidos genéricamente como “personas” o como “empleados”) de las empresa INCUSA, con independencia de la modalidad contractual que determine su relación laboral y posición que ocupen.

Adicionalmente, la aplicación del Código Ético podrá hacerse extensiva a cualquier persona u organización vinculada con INCUSA cuando las circunstancias lo aconsejen y sea posible por la naturaleza de la relación.

Cuando surjan discrepancias entre las normas, leyes y regulaciones locales y el presente Código Ético, los empleados aplicarán preferentemente aquella norma que sea más estricta.

Todos los empleados son responsables de conocer y cumplir las leyes relevantes a su función, responsabilidad y lugar de trabajo. En cualquier caso, INCUSA pondrá a su disposición los medios necesarios para que conozcan y comprendan la legislación local que les es relevante para el desempeño de sus funciones profesionales.
En caso de duda, los empleados del INCUSA podrán obtener ayuda a través de su superior jerárquico y del resto de medios establecidos para la difusión, conocimiento y cumplimiento del presente Código Ético que se detallan más adelante.

INCUSA pondrá a disposición de los empleados los medios necesarios para cumplir y contribuir a hacer respetar los principios de actuación contenidos en el presente Código Ético.

4. ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO

Este Código Ético es de obligado cumplimiento para todas las personas de la empresa y aquellos terceros que voluntariamente hayan aceptado su aplicación. Por su parte, INCUSA se compromete a comunicar y difundir el Código Ético para que sea conocido y respetado por todos sus empleados. En este sentido, el Código Ético será notificado a los empleados de la empresa, que deberán asumir formalmente su compromiso de cumplimiento en el momento de su contratación o de novación de sus contratos así como en aquellas otras circunstancias donde la compañía así se lo requiera. Adicionalmente, los directivos de la empresa podrían ser formalmente requeridos a manifestar que cumplen con las disposiciones del Código Ético.

La obligación de cumplir el Código Ético podría hacerse extensiva a aquellos proveedores de la compañía cuyas características así lo aconsejen. En estas situaciones, el INCUSA solicitará a sus proveedores que, de forma voluntaria al realizar su inscripción en el catálogo de proveedores, acepten el compromiso de aplicar en su relación con la empresa el Código Ético de INCUSA u otro de carácter más restrictivo que puedan tener.

5. PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN

Todos los empleados de INCUSA, así como aquellos terceros que voluntariamente hayan aceptado su aplicación, tienen la obligación de cumplir y contribuir al cumplimiento del presente Código. Los posibles incumplimientos del Código Ético serán resueltos de acuerdo con la normativa aplicable.

Los empleados de la empresa y terceros comunicarán, confidencialmente y de buena fe, las actuaciones contrarias al Código Ético que pudieran observar.

Para ello utilizarán el canal de comunicación establecido por la empresa, que permite a sus empleados y terceros, de manera confidencial, consultar dudas y notificar conductas irregulares en materias, de índole penal o de cualquier otra, relativas al Código Ético. Las comunicaciones serán preferiblemente nominativas.
Asimismo, los empleados pueden hacer uso del procedimiento para consultar dudas o proponer mejoras en los sistemas existentes en la compañía en las materias objeto del Código.

La supervisión del procedimiento de comunicación en materias relacionadas con ilícitos penales y, en general, el Código Ético de INCUSA recae en el Comité de Gestión, presidido por el Director General de INCUSA.

De este modo, y en lo que se refiere al Código Ético de INCUSA, el Comité de Gestión tiene asignadas las funciones de:

  • Velar por el buen funcionamiento del canal de comunicación establecido con empleados de la empresa.
  • INCUSA en materias relacionadas con el Código Ético.
  • Trasladar al Responsable de Gestión del Catálogo de Controles posibles mejoras en los controles y sistemas establecidos por la compañía en los procesos de elaboración de la información económico-financiera.
  • Tramitar las comunicaciones recibidas para su resolución por las unidades correspondientes de INCUSA.
  • Fomentar el conocimiento del Código Ético entre los empleados de INCUSA y entre terceros ajenos a la empresa.
  • Elaborar regularmente informes sobre el nivel de cumplimiento del Código Ético de INCUSA elevando las recomendaciones que considere necesarias para mejorar su contenido, facilitar su comprensión o velar por su salvaguarda.

Los empleados y terceros harán llegar sus comunicaciones en cuestiones relacionadas con el Código Ético, confidencialmente, de buena fe y sin temor a represalias, al “Comité de Gestión” a través de:

  • La página web en Internet: www.industriasdelcurtido.com.
  • Correo postal dirigido a Avd. Alicante, s/n 46460 Silla (Valencia), gestionado por el Secretario del Comité de Gestión, indicando claramente “Personal y Confidencial”.
  • Un correo electrónico, agil@industriasdelcurtido.com, gestionado por el Comité de Gestión.

El Comité de Gestión, cuando considere conveniente realizar una investigación, designará al responsable de dar respuesta a las comunicaciones.

El tratamiento de las comunicaciones relativas a acoso será conducido de tal modo que se garantice la rapidez en la respuesta y el establecimiento de medidas cautelares cuando ello resulte necesario. Estas cuestiones serán, en cualquier caso, tratadas de acuerdo al protocolo específico del que la compañía dispone en esta materia.

Las comunicaciones recibidas serán tratadas de modo confidencial.

Los datos de los intervinientes podrán ser objeto de comunicación sólo en el caso de que el hecho denunciado de lugar al inicio de actuaciones por parte de las autoridades administrativas o judiciales y en la medida en que fueren requeridos por tales autoridades, así como, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos, y en su caso, a las personas implicadas en cualquier investigación posterior o procedimiento judicial incoado como consecuencia de la investigación.

La empresa difundirá apropiadamente la existencia de este canal.

Compromiso con la difusión y cumplimiento del Código Ético
INCUSA pondrá a disposición de los empleados los medios necesarios para difundir y hacer respetar los principios de actuación contenidos en el presente Código Ético.

Compromiso de no represalia
INCUSA establece formalmente que no tolerará represalias cometidas sobre aquellas personas que hagan uso de los procedimientos establecidos para la comunicación de conductas irregulares.

El derecho al honor de las personas
El derecho al honor de las personas es una de las máximas de actuación en INCUSA.
El Comité de Gestión, así como cualquiera de las otras instancias de INCUSA encargadas de gestionar materias relacionadas con este Código Ético, pondrán la mayor atención en velar por tal derecho.

6. PAUTAS DE CONDUCTA

Todas las personas de INCUSA deben actuar de acuerdo a los principios de comportamiento que se indican a continuación.

6.1 PRINCIPIOS BÁSICOS DE COMPORTAMIENTO

INCUSA asume el compromiso de desarrollar sus actividades empresariales y profesionales de acuerdo con la legislación vigente, y las normas y procedimientos de la empresa. El cumplimiento normativo es siempre el punto de partida de la conducta ética en la empresa.

Los empleados de INCUSA se asegurarán de que sus decisiones son adoptadas de conformidad con las normas internas y externas que les sean de aplicación y, siempre que sea posible, se generará evidencia sobre el cumplimiento de los procedimientos así como de las prácticas exigidas. La evidencia debe permitir que un tercero independiente pueda verificar el funcionamiento del control interno.

Las actividades de la empresa se desarrollan bajo un absoluto respeto hacia los Derechos Humanos y las libertades públicas, de acuerdo a las leyes y prácticas internacionalmente aceptadas. Entre los instrumentos que sirven de referencia a la conducta en la empresa se encuentran la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Tripartita de la OIT y el Pacto Mundial de Naciones Unidas.

Asimismo, INCUSA pone los medios para velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), especialmente de aquellas relacionadas con el trabajo de los menores de edad, no admitiendo prácticas contrarias a éste y al resto de principios de la OIT ni en sus empresas ni entre aquellas que colaboran con INCUSA.

Los empleados de INCUSA deben observar un comportamiento ético en sus actuaciones y evitar cualquier conducta que, aun sin violar la ley, pueda perjudicar la reputación de la empresa y afectar de manera negativa a sus intereses y su imagen pública.

Asimismo, todos los empleados de la empresa deben conocer las normas internas y externas relevantes de su actividad profesional solicitando, en su caso, la información necesaria a su superior o a las instancias o unidades de INCUSA correspondientes.

Ningún empleado colaborará conscientemente con terceros en la violación de ninguna ley, ni colaborará con ellos en acciones que comprometan el principio de legalidad o que puedan, de ser conocidas, dañar la reputación de INCUSA o perjudicar la percepción de los mercados, los clientes, los proveedores, o los reguladores, entre otros.

Por su parte, INCUSA se compromete a poner a disposición de sus empleados los medios necesarios para que conozcan la normativa interna y externa relevante a su ámbito de responsabilidad.

6.2 RELACIÓN CON Y ENTRE EMPLEADOS

Respeto entre las personas
En INCUSA, la gestión de los recursos humanos y las relaciones entre los empleados parten siempre del respeto escrupuloso a la dignidad de las personas, y están basadas en los principios de confianza y respeto mutuos.

La empresa prohíbe expresamente el abuso de autoridad y cualquier tipo de acoso, ya sea de tipo físico, psicológico o moral, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno de trabajo intimidatorio, ofensivo u hostil para las personas.

Todos los empleados de INCUSA deben tratarse de forma respetuosa, profesional y amable, para propiciar un entorno de trabajo agradable, gratificante y seguro que anime a las personas a dar lo mejor de sí mismas. De la misma forma, las relaciones entre los empleados de INCUSA y los de las empresas colaboradoras estarán basadas en los criterios anteriores, en el respeto profesional y en la colaboración mutua.

La empresa prohíbe expresamente a sus empleados el consumo de alcohol y sustancias ilegales que puedan dificultar el cumplimiento de las responsabilidades profesionales que tienen asignadas. Está prohibido fumar en toda la empresa.

Los empleados de INCUSA ejercerán la debida diligencia y control para evitar casos en los que estuvieran colaborando con la compañía trabajadores de manera irregular así como para prevenir el empleo ilegal de trabajadores extranjeros. Asimismo, en la medida en que el Código Ético se les haga extensivo, también los proveedores, contratistas y otras empresas colaboradoras quedarán obligados a evitar las malas prácticas anteriores.

Desarrollo profesional, igualdad de oportunidades y no discriminación
INCUSA garantiza la igualdad de oportunidades y se compromete a poner los medios para ayudar a sus empleados a desarrollarse profesional y personalmente.

Asimismo, la empresa no tolera ningún tipo de discriminación por motivos de género, raza, orientación sexual, creencias religiosas, opiniones políticas, nacionalidad, origen social, discapacidad o cualquier otra circunstancia susceptible de ser fuente de discriminación.

INCUSA apoya y se compromete a implantar y desarrollar aquellas políticas públicas cuyo objetivo sea promover una mayor igualdad de oportunidades y el fomento de una cultura de recompensa al mérito.

Las decisiones de selección y promoción en INCUSA estarán siempre basadas en el mérito y en circunstancias y valoraciones de carácter objetivo y transparente. Los empleados de la empresa conocerán las metodologías y procedimientos utilizados para el desarrollo y avance profesional en la empresa.

INCUSA se compromete también a poner los medios para contribuir al aprendizaje y la formación de sus empleados y a la actualización de sus conocimientos y competencias con el fin de propiciar su progreso profesional y aportar más valor a los clientes, a los accionistas y a la sociedad en general.

Asimismo, INCUSA entiende la importancia del equilibrio entre la vida personal y profesional para el desarrollo integral de la persona, por lo que fomentará medidas y desarrollará acciones que ayuden a sus empleados a alcanzar dicho equilibrio.

Trabajo en equipo, colaboración y dedicación
INCUSA considera que la colaboración, el trabajo en equipo y la búsqueda de sinergias son requisitos imprescindibles para lograr sus objetivos y para aprovechar al máximo sus capacidades, sus recursos y la diversidad de conocimientos, habilidades y experiencias que se integran en la empresa.

Por eso, INCUSA promueve, facilita e incentiva la colaboración y el trabajo en equipo de personas que forman parte de la compañía y entre las distintas unidades y secciones de la empresa.

Todos los empleados deben actuar con espíritu de colaboración, poniendo a disposición de quien lo precise sus conocimientos, habilidades y talento para contribuir de este modo a la consecución de los objetivos e intereses globales de INCUSA.

Los empleados de INCUSA trabajan de forma eficiente, aprovechando al máximo el tiempo y los recursos que la empresa pone a su disposición.

Para estimular la lealtad, la satisfacción y el orgullo de pertenencia, la empresa se compromete a dedicar recursos y a desarrollar iniciativas y acciones que promuevan la cohesión cultural en la organización.

La seguridad y la salud de las personas
INCUSA dedica los medios necesarios para, partiendo del respeto escrupuloso a la normativa aplicable, proporcionar a sus empleados un entorno laboral saludable y seguro. Asimismo, la empresa se compromete a mejorar continuamente las medidas de prevención de riesgos laborales y de fomento de la salud en el trabajo en cada uno de las secciones.

Del mismo modo, INCUSA promueve y estimula también la adopción de prácticas avanzadas en materia de seguridad y salud entre sus proveedores, contratistas y, en general, empresas colaboradoras.

Todos los empleados son responsables de observar un cumplimiento riguroso de las normas de salud y seguridad en el trabajo, velando por su propia seguridad y, en general, por la de todas las personas que pudieran verse afectadas por sus actividades. Asimismo, los empleados deberán hacer un uso responsable del equipamiento que tengan asignado cuando desarrollen actividades de riesgo, y divulgarán entre sus compañeros y subordinados los conocimientos y las prácticas en materia de seguridad, salud y prevención de riesgos. Por su parte, INCUSA se compromete a dotar a sus empleados de los recursos y del conocimientos necesarios para que puedan desempeñar sus funciones con seguridad y en un entorno saludable.

6.3 CONTROL INTERNO Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE

Manipulación de la información
La falsificación, manipulación o utilización deliberada de información falsa constituye un fraude. INCUSA asume como principio de comportamiento la transparencia informativa; entendida como el compromiso de transmitir información fiable a la administración y a la sociedad, que les permita formarse una imagen fiel de las actividades, estrategia y desempeño económico, social y ambiental de la empresa. Los empleados deberán transmitir dicha información de forma veraz, completa y comprensible. En ningún caso proporcionarán, a sabiendas, información incorrecta, inexacta o imprecisa que pueda inducir a error a quien la recibe.

Los empleados deben preservar la confidencialidad de la información obtenida en el curso de sus deberes y no deben utilizar o revelar dicha información sin autorización adecuada y específica o a menos que exista un requerimiento legal o profesional para hacerlo.

Los empleados de INCUSA deben velar para que ninguna de sus actividades pueda interpretarse como un intento de alterar la percepción de la empresa por parte de terceros. En cualquier caso, sólo portavoces autorizados de la empresa podrán comentar públicamente sus actividades o resultados.

Los empleados reflejarán con claridad y precisión las transacciones, hechos y eventos en los registros de la organización y pondrán especial cuidado respecto a la fiabilidad de la información financiera introducida en los sistemas de la empresa, que reflejará, a la fecha correspondiente, los derechos y obligaciones de conformidad con la normativa aplicable.

Si los empleados de la empresa observaran circunstancias que, de acuerdo a su leal saber y entender, suponen un quebranto de los principios de conducta anteriores, deberán ponerlo de inmediato en conocimiento de la empresa a través del superior jerárquico o del Comité de Gestión cuyas atribuciones y funcionamiento se describen en otra sección de este Código Ético.

INCUSA se compromete a formar a aquellos de sus empleados que participen en la elaboración de la información, para que conozcan, comprendan y cumplan con los compromisos de la empresa en materia de control interno de la información de esta naturaleza.

Uso y protección de activos
INCUSA pone a disposición de sus empleados los recursos necesarios para el desempeño de su actividad profesional. La apropiación indebida y la utilización inapropiada de estos activos constituyen un fraude.

Todos los empleados deben proteger y hacer buen uso de los recursos de la empresa y utilizarlos de forma responsable. Deberán protegerlos y preservarlos de cualquier pérdida, daño, robo o uso inadecuado del que pudieran derivarse perjuicios para los intereses de la empresa. Esto incluye la obligación de respetar la propiedad intelectual de INCUSA y de no hacer mal uso de material protegido por derechos de autor, patentes o de cualquier otro activo inmaterial.

Está prohibida la divulgación de secretos comerciales o información confidencial sobre INCUSA, sus empleados, sus clientes o proveedores.

Los recursos de la empresa deben ser usados, a menos que explícitamente se permita lo contrario, única y exclusivamente para el desempeño de las funciones profesionales de sus empleados y no podrán ser utilizados en beneficio propio o en el de terceros ajenos al propósito empresarial de INCUSA.

Tal y como se establece en el protocolo para el uso de medios informáticos de INCUSA, los empleados no harán uso de los equipos que la empresa pone a su disposición para instalar programas o aplicaciones cuya utilización sea ilegal o que puedan dañar la imagen o perjudicar la reputación de la empresa.

Tampoco harán uso de los mencionados equipos para acceder, descargar o distribuir contenidos que puedan resultar ofensivos o ilegales. A este respecto, toda la información contenida en los sistemas y equipos de INCUSA podrá estar sujeta a revisión por parte de las unidades competentes de la empresa.

Del mismo modo, los empleados de la empresa tampoco harán uso de fondos o tarjetas de la empresa para sufragar prácticas socialmente inaceptables o que no sean objeto de la actividad profesional.

La obligación de proteger los recursos incluye también la información y el conocimiento generado en el seno de INCUSA, de su propiedad.

Todos los empleados de INCUSA deben respetar la intimidad personal de todas aquellas personas, sean empleados o terceros a cuyos datos tengan acceso y a cumplir la legislación vigente en materia de protección de datos y solicitar y utilizar exclusivamente aquellos datos que fueran necesarios para la gestión eficaz de las actividades de la empresa. Todas las autorizaciones de utilización de datos deben responder a solicitudes concretas y justificadas.

Asimismo, los empleados de INCUSA se comprometen a mantener la confidencialidad y a hacer un uso discreto, y acorde con la normativa interna en la materia, de la información a la que tengan acceso en el desempeño de sus responsabilidades profesionales. De este modo, los empleados de INCUSA se abstendrán de utilizar en su propio beneficio y de comunicar información, datos o documentos obtenidos en el transcurso de su actividad profesional en INCUSA.

INCUSA protege la información relativa a empleados y terceros. Los empleados de la empresa seguirán, sin excepciones, los procedimientos que la empresa haya establecido para velar por el buen trato de dicha información.

En caso de duda, y a menos que se les indique lo contrario, los empleados de INCUSA deben considerar reservada la información a la que tengan acceso en el desempeño de su actividad profesional.

INCUSA se compromete a ofrecer a los empleados la información, el conocimiento y los recursos necesarios para cumplir con lo dispuesto en la normativa en materia de protección de datos y gestión de la información aplicable en sus distintos ámbitos de actividad.

Protección de la propiedad intelectual e industrial
Los empleados de INCUSA están comprometidos con la protección de la propiedad intelectual propia y ajena que incluye, entre otros, derechos de patentes, marcas, nombres de dominios, derechos de reproducción (incluso los derechos de reproducción de software), derechos de diseños, de extracción de bases de datos o sobre conocimientos técnicos especializados.

En su relación con terceros, los empleados de INCUSA seguirán escrupulosamente las normas y procedimientos en lo que se refiere a la protección de la propiedad intelectual e industrial para evitar infringir los derechos de terceros.

Corrupción y soborno
INCUSA entiende la corrupción como el uso de prácticas no éticas para la obtención de algún beneficio. La corrupción constituye una de las categorías de fraude.

En ningún caso las personas de INCUSA recurrirán a prácticas no éticas para influir en la voluntad de personas ajenas a la compañía con el objetivo de obtener algún beneficio para la empresa, o para ellas mismas. También permanecerán alerta para que no se produzcan casos en los que otras personas u organizaciones hagan uso de estas prácticas en su relación con la compañía.

En sus relaciones con autoridades e instituciones públicas los empleados de INCUSA se conducirán de forma lícita y alineada con las disposiciones internacionales para la prevención de la corrupción y el soborno.

Los empleados de INCUSA que mantengan relaciones con las administraciones públicas deberán documentar las decisiones tomadas y cerciorarse de que cumplen con la normativa que la compañía tenga establecida al efecto. Todo ello con el objeto de facilitar, en su caso, la revisión de sus decisiones por parte de terceros.

INCUSA prohíbe expresamente los pagos no contractuales o ilícitos a cualquier persona o entidad, pública o privada, con la intención de obtener o mantener negocios u otros beneficios o ventajas.

También prohíbe aprovechar la existencia de relaciones personales con funcionarios públicos para obtener ventajas indebidas.

Los empleados de INCUSA no podrán realizar, ofrecer ni recibir, de forma directa o indirecta, ningún pago en especie o cualquier otro beneficio que, por su valor, sus características o sus circunstancias, puedan alterar razonablemente el desarrollo de las relaciones comerciales, administrativas o profesionales en las que intervengan. Los obsequios en metálico o equivalente están expresamente prohibidos.

De este modo, los obsequios y atenciones deberán ser razonables, transparentes y legítimos, y recibidos o entregados exclusivamente con motivo de intereses legítimos de la organización. Del mismo modo, deberán ser esporádicos, para evitar que la regularidad pudiera generar sospechas sobre su fin último.

Adicionalmente, los obsequios y atenciones deberían ser socialmente aceptables, de tal manera que su conocimiento público no generara incomodidad al receptor o quien los entrega. La compañía entiende que el valor máximo de las atenciones u obsequios entregados no debe recuperar los 150 euros, cifra que podrá ser revisada periódicamente por el Comité de Gestión.

Los empleados deberán asegurarse de que aquellos obsequios que superen el valor estimado de 150 euros son monitorizados y registrados apropiadamente por la sociedad en la que prestan sus servicios.

Aquellos regalos recibidos por empleados de INCUSA que superen la cifra indicada anteriormente quedarán en propiedad de la empresa, y será responsabilidad del Director General determinar su aceptación o devolución.

Adicionalmente, las invitaciones a clientes extranjeros que pudieran ser cursadas para su visita a España deberán ser autorizadas por el Director General.

En aquellos casos en los que INCUSA contrate los servicios de terceros para el desarrollo comercial de la empresa en terceros países, éstos deberán asumir formalmente los compromisos de conducta recogidos en el Código Ético de INCUSA, especialmente en lo que se refiere a la relación con clientes y proveedores.

En caso de duda acerca de la aceptabilidad de las prácticas en este ámbito, los empleados deberán consultar con el Comité de Gestión.

Blanqueo de capitales e irregularidades en los pagos
Los empleados de INCUSA deberán prestar especial atención a aquellos casos en los que pudieran existir indicios de falta de integridad de las personas o entidades con las que la empresa mantiene relaciones.

En particular, los empleados de INCUSA prestarán especial atención a los pagos en metálico que resulten inusuales atendiendo a la naturaleza de la operación, a los realizados mediante cheques al portador o a aquellos efectuados en divisas distintas de la previamente acordada, comunicando a través de los cauces y procedimientos establecidos en este Código Ético aquellos que entiendan que pudieran ser irregulares. También deberán permanecer alerta frente a los pagos realizados a o por terceros no mencionados en los correspondientes contratos, así como a los realizados en cuentas que no resulten las habituales en las relaciones con una determinada entidad, empresa o persona.

Asimismo prestarán atención a los pagos realizados a personas, empresas, entidades o cuentas abiertas en paraísos fiscales y a aquellos pagos realizados a entidades en las que no sea posible identificar al socio, propietario o beneficiario último.

Por último, los empleados de INCUSA revisarán con especial atención los pagos extraordinarios, no previstos en los acuerdos o contratos correspondientes.

6.4 COMPROMISO CON EL MERCADO, CON LA EMPRESA Y CON LA COMUNIDAD

Respeto a libre competencia y comportamiento en el mercado
Todos los empleados de INCUSA están comprometidos con la libre competencia y el cumplimiento de las leyes establecidas al respecto en los distintos países donde realizan actividades, evitando incurrir en cualquier actuación que suponga un abuso o restricción ilícita de la competencia.

Asimismo, se abstendrán de realizar publicidad engañosa de la actividad de la empresa.
De este modo, los empleados de INCUSA competirán en el mercado de manera leal, y no admitirán prácticas o conductas engañosas, fraudulentas o maliciosas que lleven a la obtención de ventajas inapropiadas en el mercado.

Asimismo, los empleados ejercerán el debido control interno para que, en sus respectivos ámbitos de influencia, se cumplan los compromisos adquiridos en lo que se refiere a las características de los productos servidos.

En el desarrollo de las actividades comerciales, los empleados de INCUSA promocionarán a la empresa sobre la base de estándares objetivos, sin falsear las características o condiciones de los productos que sirven. Todas las informaciones promocionales de la empresa se presentarán de forma clara con el fin de no ofrecer información que pudiera inducir a error. Los empleados de INCUSA no desvirtuarán las características de los productos ofrecidos por la empresa o inducirán a error sobre sus características.

La búsqueda de información acerca del mercado o de empresas competidoras se desarrollará de forma ética y de acuerdo a las normas que protegen este tipo de información. Los empleados de INCUSA rechazarán la información sobre competidores obtenida de forma que viole el secreto bajo el que la mantienen sus legítimos propietarios. En particular, pondrán especial atención en este extremo en el caso de incorporación a la empresa de profesionales provenientes de otras empresas del sector.

Conflicto de intereses y lealtad a la Empresa
Los conflictos de interés aparecen en aquellas circunstancias en las que existen otros intereses en los empleados de INCUSA contrarios a los de la empresa, que pudieran interferir en los deberes que les competen o llevarles a actuar por motivaciones diferentes al cumplimiento recto de sus responsabilidades en la empresa.

La relación entre INCUSA y sus empleados debe basarse en la lealtad que nace de unos intereses comunes. En este sentido, la empresa respeta la participación de sus empleados en otras actividades financieras o empresariales, siempre que la normativa interna no disponga lo contrario, que tales actividades sean legales y que no entren en concurrencia u originen posibles conflictos de interés con sus responsabilidades como empleados de INCUSA.

Todo empleado de INCUSA deberá evitar situaciones que puedan suponer un conflicto entre sus intereses personales y los de la empresa. Por ello, deberán abstenerse de representarla, intervenir o influir en los procesos de gestión y toma de decisiones en las cuales, directa o indirectamente, ellos mismos o un tercero cercano a ellos, tuvieran un interés personal.

Cualquier empleado que considere que existe un potencial conflicto de interés debe ponerlo en conocimiento de su superior jerárquico y del Comité de Gestión. El superior jerárquico deberá informar al Comité de Gestión de las medidas que ha adoptado o va a adoptar para evitar el conflicto.

El Comité de Gestión valorará la eficacia de las medidas propuestas y, en caso de discrepancia, comunicará al superior jerárquico las medidas que debe adoptar.

Neutralidad política
INCUSA desarrolla su modelo de negocio sin interferir ni participar en los procesos políticos de aquellos países y comunidades en donde desarrolla sus actividades.

Cualquier relación de INCUSA con gobiernos, autoridades, instituciones y partidos políticos estará basada en los principios de legalidad y neutralidad política.

INCUSA reconoce el derecho de sus empleados a ejercer su libertad de expresión, de pensamiento político y, en general, de participación en la vida pública, siempre que no interfiera en el desempeño de su actividad en la empresa, se desarrolle fuera del horario laboral y de cualquier instalación de INCUSA, y siempre de modo que tal participación no pudiera llevar a un observador externo a asociar a INCUSA con una u otra opción política.

Relaciones con clientes, contratistas y proveedores
INCUSA actúa con el objetivo de ofrecer los más altos niveles de calidad y con la aspiración de alcanzar la excelencia en la fabricación de sus productos.

Por tal motivo pone a disposición de sus empleados los medios necesarios para el desarrollo de su actividad de tal manera que puedan atender las expectativas de los clientes de la empresa.

INCUSA desarrollará un esfuerzo especial para conocer anticipadamente las necesidades de sus clientes con el objetivo de poner en el mercado productos mejores y más ajustados a lo que los clientes demandan.

Asimismo los empleados evitarán toda forma de conducta engañosa, fraudulenta o maliciosa que lleve a la obtención de ventajas inapropiadas sobre clientes, contratistas o proveedores.
En el desarrollo de sus actividades comerciales, los empleados promocionarán los productos de la organización de acuerdo a la calidad de los mismos, en base a estándares objetivos y sin dar falsa información sobre la competencia.

Por otra parte, INCUSA considera a sus contratistas, proveedores y, en general, empresas colaboradoras, indispensables para la consecución de sus objetivos de crecimiento y desarrollo.

La empresa se compromete a poner en práctica sus principios en la relación con las empresas colaboradoras, y a trabajar activamente para trasladarles sus principios de actuación. Asimismo, la empresa promoverá e incentivará la colaboración con aquellos proveedores y contratistas que acrediten estándares sociales, ambientales y de orden ético avanzados.

Todos los empleados de INCUSA que participen en procesos de selección de contratistas, proveedores y colaboradores externos, tienen la obligación de actuar con imparcialidad y objetividad, aplicando criterios transparentes y cumpliendo, estrictamente y sin excepciones, con la normativa interna de INCUSA.

INCUSA promoverá y difundirá los contenidos y principios de este Código Ético entre sus proveedores y contratistas. En particular, aquellos contenidos que se refieren explícitamente a la relación de la empresa con sus empresas colaboradoras.

Imagen y reputación corporativa
Uno de los elementos básicos de la imagen y reputación de INCUSA es el establecimiento de relaciones de ciudadanía responsable en aquellas comunidades en las que desarrolla su actividad. INCUSA considera la confianza social y la reputación uno de sus activos más valiosos.

Todos los empleados deben poner el máximo cuidado en preservar la imagen y la reputación de la empresa en todas sus actividades profesionales, incluyendo intervenciones públicas. Igualmente, vigilarán el respeto a la imagen y reputación de la empresa por parte de contratistas y proveedores y, en general, empresas colaboradoras.

Respeto al medio ambiente
INCUSA está comprometida con el desarrollo sostenible. INCUSA afronta su compromiso ambiental desde el estricto cumplimiento de la legislación aplicable en la materia en todos sus ámbitos de operación.

La empresa asume el compromiso de desarrollar sus actividades con el mayor respeto al medio ambiente y minimizando los efectos negativos que, eventualmente, éstas pudieran ocasionar.

Del mismo modo, la empresa contribuirá a la conservación de los recursos naturales y de aquéllos espacios que tengan interés ecológico, paisajístico, científico o cultural. A tal efecto, establecerá las mejores prácticas y promoverá entre sus empleados la formación necesaria para preservar el medio ambiente.

En sus relaciones con contratistas, proveedores o empresas colaboradoras externas, transmitirá estos principios y exigirá el cumplimiento de los procedimientos y requisitos medioambientales que fueran aplicables en cada caso.

Compromiso Social
INCUSA se compromete a una actuación responsable, que toma como punto de partida el cumplimiento normativo, en todos los países donde pudiera. En particular, asume la responsabilidad de respetar la diversidad cultural y las costumbres y principios vigentes entre las personas y comunidades afectadas por sus actividades.

Asimismo, y en línea con su compromiso social, INCUSA evaluará los aspectos no financieros de aquellos proyectos empresariales susceptibles de contar con su participación y de las inversiones materiales acometidas. La empresa entiende que este análisis aporta coherencia al compromiso de la compañía con la sociedad y el desarrollo sostenible.

El compromiso de INCUSA con la sociedad se concreta en el desarrollo de patrocinios, mecenazgos y colaboraciones, que se canalizan a través de acuerdos y asignación de recursos a organizaciones sociales, de un modo coherente con la estrategia de la empresa.

Acorde con este compromiso y con sus valores de transparencia e integridad, toda donación que sea realizada por INCUSA deberá contar con las autorizaciones internas y, en su caso, externas, que sean precisas.

En ningún caso podrán realizarse donaciones a ningún partido político o a favor de sus representantes, salvo en aquellos casos previstos expresamente en la legislación aplicable.

Asimismo, las donaciones deberán ser otorgadas sólo a aquellas organizaciones que cuenten con la estructura organizativa apropiada para garantizar la buena administración de los recursos, y deberán quedar fielmente reflejadas en los registros de la empresa.

Del mismo modo, y en la medida de lo posible, INCUSA realizará un seguimiento de las donaciones efectuadas, con el objetivo de velar por el correcto aprovechamiento de las mismas.

Asimismo, INCUSA incentivará y promoverá la colaboración de sus empleados con organizaciones de interés social en aquellos lugares donde opera, a través de, entre otros, programas de voluntariado corporativo.

7. RESPONSABILIDADES RESPECTO AL CÓDIGO ÉTICO

7.1. RESPONSABILIDADES DE TODOS LOS EMPLEADOS

Todas las personas de INCUSA y de cualquiera de las otras sociedades sobre las que el INCUSA ejerce el control de gestión deben de cumplir con las siguientes responsabilidades:

  • Entender y cumplir con las leyes, reglamentos y normas que apliquen a su puesto de trabajo.
  • Cumplir con los principios y normas descritos en este Código.
  • Solicitar consejo y pedir asesoramiento en caso de duda a su superior jerárquico o a quien la empresa asigne la responsabilidad de salvaguardar la difusión y el cumplimiento de su Código de Conducta.
  • Participar en las actividades de formación ofrecidas por la empresa.
  • Informar de cualquier incumplimiento o vulneración de las conductas recogidas en este Código.
  • Colaborar, de buena fe, en el desarrollo de los controles y las auditorías internas que pudieran ser realizadas con el fin de ayudar a identificar y corregir deficiencias o debilidades en la empresa.

7.2. RESPONSABILIDADES ADICIONALES DE AQUELLOS QUE DIRIGEN PERSONAS

Aquellas personas que supervisan y dirigen el trabajo de otros tienen una serie de responsabilidades adicionales.

  • Liderar con el ejemplo. Su comportamiento debe ser un modelo de actuación con integridad.
  • Asegurarse de que las personas bajo su responsabilidad comprenden los requerimientos del Código y cuentan con los recursos necesarios para poder cumplirlos.
  • Supervisar el cumplimiento de los principios de este Código por parte de las personas a las que supervisan y dirigen.
  • Prestar atención a la conducta de terceros que representan a INCUSA, para garantizar un comportamiento coherente con el de la empresa.
  • Hacer cumplir el Código Ético de INCUSA.
  • Prestar apoyo a los empleados que, de buena fe, les hagan llegar sus consultas e inquietudes. Prestar su colaboración para que aquellos que, de buena fe, transmiten sus dudas o inquietudes no sufran represalias.

8. VIGENCIA DEL CÓDIGO

El presente Código Ético entró en vigor el día de aprobación por el Comité de Gestión de INDUSTRIAS DEL CURTIDO S.A. y permanecerá en vigor mientras el Comité de Gestión no apruebe su actualización, revisión o derogación.
El Código Ético se revisará y actualizará con la periodicidad que indique el Comité de Gestión. Las eventuales revisiones y actualizaciones se atendrán a los compromisos adquiridos por INCUSA en materia de responsabilidad corporativa y buen gobierno.

9. AYUDA E INFORMACIÓN

El presente Código Ético recoge las pautas generales que deben guiar el comportamiento de todos los empleados que forman parte de INCUSA. En caso de duda los empleados podrán obtener ayuda de su superior jerárquico o del Comité de Gestión, la instancia, descrita en otra sección de este Código Ético, a la que INCUSA ha asignado la responsabilidad de velar por su cumplimiento.

Si precisan asesoramiento específico sobre los temas incluidos en este Código Ético, los empleados pueden recurrir también a las unidades y direcciones de la empresa que son especialistas en dichos asuntos.

Principios del Código Ético Unidad responsable

  • Principios básicos de comportamiento.
  • Cumplimiento normativo y respeto a los valores éticos Asesoría Jurídica y Responsabilidad Corporativa.
  • Relación con y entre empleados.
  • Respeto entre las personas Recursos Humanos.
  • Desarrollo profesional, igualdad de oportunidades y no discriminación.
  • Recursos Humanos.
  • Trabajo en equipo, colaboración y dedicación Recursos Humanos.
  • La seguridad y la salud de las personas Recursos Humanos.
  • Control interno y prevención del fraude.
  • Manipulación de la información Auditoría Interna, Dirección Financiera – Administración.
  • Uso y protección de activos Auditoría Interna, Dirección Financiera – Administración.
  • Corrupción y soborno Auditoría Interna, Dirección Financiera – Administración.
  • Dirección Financiera – Administración.
  • Blanqueo de capitales e irregularidades en los pagos Auditoría Interna, Dirección Financiera – Administración.
  • Compromiso con el mercado, con la compañía y con la comunidad.
  • Respeto a la libre competencia Asesoría Jurídica.
  • Conflicto de intereses y lealtad a la empresa.
  • Neutralidad política Dirección General.
  • Relaciones con clientes, contratistas y proveedores Relaciones con clientes ‐Auditoría Interna.
  • Relaciones con contratistas y proveedores ‐Dirección de Compras.
  • Imagen y reputación corporativa Responsabilidad Corporativa.
  • Respeto al medio ambiente Responsabilidad Corporativa.
  • Compromiso social Responsabilidad Corporativa.

10. PLAZOS MÁXIMOS DE CONSERVACIÓN DE DENUNCIAS

Los plazos máximos de conservación de las denuncias y demás documentación relacionada con las mismas son los que figuran a continuación:

CANAL ÉTICO
Investigación / instrucción de la denuncia Plazo que dure la investigación y que, con carácter general, no podrá superar los 6 meses. Ocho meses
Investigación / instrucción de la denuncia Denuncias sobre hechos no probados Plazo máximo de 2 meses desde la finalización del procedimiento
Denuncias sobre hechos probados (y se inicie un procedimiento penal, laboral, etc.). Plazo que dure la tramitación del procedimiento Seis meses más el plazo que dure la tramitación del procedimiento
Finalizado el procedimiento Plazo máximo de 2 meses desde la finalización del procedimiento Seis meses más el plazo que dure la tramitación del procedimiento más dos meses

11. PROTECCIÓN DE DATOS

Cada Sección de INCUSA es responsable de un fichero con datos, cuya finalidad es la gestión y resolución de denuncias relativas a actuaciones o conductas inapropiadas, a la luz del Código Ético, cuya descripción viene regulada en el presente documento. Asimismo, su finalidad es la gestión de consultas, dudas y/o propuestas de mejora en los sistemas existentes en la empresa.

Sólo en el caso de que el hecho denunciado de lugar a actuaciones administrativas o judiciales, los datos facilitados podrán ser comunicados a las autoridades competentes para su investigación y sanción, en su caso.

También, en cumplimiento de lo establecido por la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos, podrían ser comunicados a las personas pertinentes implicadas, en su caso, en cualquier investigación posterior.

Con la cumplimentación del formulario elaborado a estos efectos por INCUSA, los intervinientes consienten de forma expresa el uso, tratamiento y comunicación de los datos facilitados para los fines antes señalados.

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